Antiguo Alumno No es un Criterio de Admisión en Centro Concertado
«Criterios de Admisión para Colegios Públicos y Concertados:
Cuando no existan plazas suficientes, el proceso de admisión se regirá por los siguientes criterios prioritarios, de validez para todo el ámbito del Estado:
§ Existencia de hermanos matriculados en el centro padres o tutores legales que trabajen en el mismo.
§ Proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de alguno de sus padres o tutores legales.
§ Rentas anuales de la unidad familiar, atendiendo a las especificidades que para su cálculo se aplican a las familias numerosas.
§ Concurrencia de discapacidad en el alumno o en alguno de sus padres o hermanos, sin que ninguno de ellos tenga carácter excluyente.
§ Expediente académico de los alumnos (para las enseñanzas de bachillerato).
En los procedimientos de admisión de alumnos a los ciclos formativos de grado medio o de grado superior de formación profesional, cuando no existan plazas suficientes, se atenderá exclusivamente al expediente académico de los alumnos.
Fte. Ministerio de Educación y Ciencia»
Las trampas son infinitas… Empadronamiento en casa de los abuelos, o en la oficina; Rentas falsas; Informes médicos falsos; Admisión antes de la edad legal de concertación, 6 años… Quién da más. Educación para la Ciudadanía para adultos.
Muy bien Miguel, aunque hubiera dado más cera, ya me conoces. JAvi