La intervención del Juez para cerrar una web se hará por Ley, no en Reglamento
La Vicepresidenta del Gobierno y el Ministro de Justicia han comparecido hoy tras el Consejo de Ministros para dar cuenta, entre otras cosas, del sistema de bloqueo de páginas web que está impulsando el Ministerio de Cultura. En palabras del propio Ministro «Los cambios que se han introducido exigen Ley». Por tanto no irán en un Reglamento como apuntó EL PAIS. Esta era una de las principales exigencias de los internautas -aunque no la única-.
Explicaciones del Ministro Download
«Se atribuirá a la Audiencia Nacional y en particular a los juzgados centrales de lo Contencioso Administrativo y serán estos jueces y de ahí la Reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, quienes autoricen con carácter previo esa posibilidad»
«Se mantiene la Comisión de propiedad Intelectual, que recibirá las quejas de los ciudadanos e investigará si existen actos lesivos. Lo pondrá en conocimiento del titular de la página, y si no adoptase medidas lo pondría en conocimiento del juez para que autorice el bloqueo de la misma» » Será necesario siempre autorización judicial previa» -ha dicho Caamaño
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Esa autorización judicial no asegura nada. Es un mero trámite que se concede de forma casi automática si el trámite tiene apariencia de procedimiento legal. Y sigue siendo una forma sospechosa de modificar una ley (la LSSI) que no tiene nada que ver con el tema central (economía sostenible).
https://www.contencioso.es/2010/01/06/del-intolerable-parcheo-de-un-reglamento-ilegal-contra-las-descargas-ilegales/
RECLAMEMOS TODOS LA DEVOLUCION DEL CANON DIGITAL QUE NOS COBRAN INJUSTAMENTE, TENEMOS DERECHO A ELLO SEGUN REITERADA JURISPRUDENCIA Y ES UN PROCESO FACIL Y RAPIDO, SIN NECESIDAD DE ABOGADOS NI PROCURADOR. NO VOTEMOS AL PSOE, QUE NO USEN TU VOTO Y TU DINERO PARA FAVORECER SUS «INTERESES».
POR UN SABER Y UNA CULTURA LIBRES Y AL ALCANCE DE TODOS