Medios internacionales destacan que el 1º confinamiento en España es declarado “inconstitucional”
El fallo del Tribunal Constitucional sobre el estado de alarma que dictamina que la cuarentena general decretada en España en la primavera de 2020 para afrontar la primera ola de la pandemia viola los derechos básicos y la Constitución ha llegado a la prensa de todo el globo. Se pone de relieve que la justicia no cuestiona tanto la medida en sí, como el mecanismo jurídico empleado por el gobierno de Pedro Sánchez y se enfatiza que el recurso sobre el que se ha pronunciado el TC fue presentado por el partido de extrema derecha, Vox. Y se advierte de que la decisión del TC puede provocar la anulación de las sanciones impuestas por violar la cuarentena y una «ola de peticiones de indemnización».
Spain’s top court ruled that the government’s initial stay-at-home order last year was unconstitutional. While upholding most terms of the state of emergency, the court said limiting residents’ movement went against the country’s constitution. https://t.co/CaRPWqwTHK
— The Associated Press (@AP) July 14, 2021
The Washington Post resalta que el más alto tribunal español falla que la cuarentena de la pandemia fue inconstitucional. El diario estadounidense recoge que la Corte Constitucional de España, aunque ha respaldado la mayor parte del estado de alarma, ha sentenciado que el estricto confinamiento decretado por el gobierno en la primera ola de Covid19 fue inconstitucional. Señala que el propio tribunal ha asegurado que en su seno ha habido división de opiniones sobre la sentencia, pero explica que seis magistrados frente a cinco han considerado que la decisión de limitar la movilidad violó la Constitución española y los derechos básicos porque el estado de alarma era un mecanismo constitucionalmente insuficiente para hacerlo.
Le Figaro apunta que el Constitucional dice que la «herramienta jurídica» elegida por el gobierno para el primer confinamiento no fue «la correcta». El rotativo francés pone de relieve que en España el confinamiento domiciliario impuesto en la primavera de 2020 ha sido declarado inconstitucional por el TC, en un fallo que ha recibido una «corta» mayoría de seis a cinco. Enfatiza que el más alto tribunal español señala en concreto que la herramienta jurídica elegida por el gobierno de Pedro Sánchez -el estado de alarma- no fue la correcta. Advierte de que esta decisión judicial podría suponer la anulación de numerosas multas.
La Repubblica destaca que la «cuarentena inconstitucional» en España hace temer una ola de peticiones de indemnización. El periódico italiano apunta que el Tribunal Constitucional español ha rechazado las restricciones post-Covid y el «severo confinamiento» decretado por el gobierno de Madrid al decretar que el estado de alarma fue «inconstitucional». Y pone de relieve que este fallo judicial allana el camino para la anulación de las multas impuestas por violar la orden de permanecer en casa. Recuerda que en España, en el primer confinamiento se impusieron más de 1,1 millón de sanciones y alerta de que ahora se teme una ola de reclamaciones de indemnización.
The Hill recoge que el TC falla que la orden que quedarse en casa por la pandemia fue inconstitucional. El diario estadounidense detalla que la corte española ha respaldado la mayor parte de la declaración del estado de alarma durante la primera ola ce Covid-19, pero ha dictaminado que el confinamiento domiciliario fue inconstitucional y las restricciones de movilidad impuestas violaron los derechos básicos de los ciudadanos. Resalta asimismo que la demanda sobre la que se ha pronunciado el TC fue presentada por Vox.
Europe 1 señala que el confinamiento de la primavera 2020 es juzgado inconstitucional. La radio francesa explica que tras llevar el partido de extrema derecha Vox el asunto al más alto tribunal del país, el Constitucional ha declarado, por seis votos a favor y cinco en contra, «inconstitucionales y nulos» tres párrafos del decreto del estado de alarma del 14 de marzo de 2020 que impuso el confinamiento domiciliario a los españoles. Apunta que el TC no cuestiona la pertinencia de las medidas decretadas por el ejecutivo, pero sí el mecanismo legal, que debía haber sido el estado de excepción.
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