¿Quienes fueron los autores intelectuales?
Es una de las preguntas más repetidas por el PP y los amantes de la teoría de la Conspiración. Según se desprende de sus insinuaciones, los autores intelectuales no han sido hallados. Sin embargo una somera lectura de la sentencia pone en evidencia algunos nombres que tenían ese grado de «dirigente». Uno de ellos, absuelto del resto de los delitos, es Hassan El Haski. Un «dirigente» que manejaba maletines llenos de dinero.
Quedan además los muertos, aquellos que se suicidaron en Leganés. Formaban parte de la misma organización terrorista pero no ha podido ser juzgada su integración, o su grado de dirigentes, porque han fallecido :
El G.I.C.M. grupo terrorista con el que se le vincula, tiene conexiones con las siguientes organizaciones islamistas radicales:
? AL QAEDA (apoyo logístico y financiero y entrenamiento de sus miembros).
? TALIBÁN (uso de infraestructuras, apoyo Iogístico).
? G.LC.L. (reclutamiento, adoctrinamiento, apoyo Iogístico y formación paramilitar y religiosa de sus miembros).
? G.I.A. ARGELINO (publicación de los comunicados del G.I.C.M. en el boletín de información «Al Ánsar»).
? G.S.P.C. (proyecto de formación paramilitar en los campos del GSPC en Argelia).
? YIHAD ISLÁMICA EGIPCIA (estancia encaminada a las actividades clandestinas).
? PARTIDO ISLÁMICO HIKMATIAR (puesto a disposición de los miembros del G.I.C.M., de sus estructuras logísticas (madrazas, campos de entrenamiento) en Pakistán y Afganistán.
Respecto a los delitos de integración en organización terrorista también figuran EL FADOUAL EL AKIL, condenado por colaboración con banda armada, Basel GHALYOUN, Fouad EL MORABIT ANGHAR, Mouhannad ALMALLAH DABAS, Saed EL HARRAK, Mohamed BOUHARRAT, Youssef BELHADJ y Mohamed LARBI BEN SELLAM, Rachid AGLIG y Abelmajid BOUCHAR, Hamid AHMIDAN, Jamal ZOUGAM, y Othman EL GNAOUI .
SENTENCIA COMPLETA
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«Hassan EL HASKI -dice la sentencia- es responsable en concepto de autor del artículo 28, párrafo primero del Código Penal de un delito de integración de banda armada, organización o grupo terrorista, en grado de dirigente, de los artículos 515,2º y 516.1º CP.»
IV. 3. Hassan EL HASKI -EN LA SENTENCIA-. (Hecho probado 12).
Se formulan acusaciones contra Hassan EL HASKI como autor de un delito de pertenencia a banda armada, organización o grupo terrorista, en grado de dirigente y como partícipe -inductor- de los delitos de homicidio terroristas, consumados e intentados, estragos y aborto.
El Tribunal estima probado el primer delito, pertenencia a organización terrorista con la condición de dirigente, pero no el resto. Como se expuso en II.1, la naturaleza clandestina de las bandas terroristas hace que, con frecuencia, el acervo probatorio sobre el que se cimenta la convicción del Tribunal sea indirecto o indiciario.