[OPINION] El gobierno presentará próximamente su propuesta de nueva ley orgánica sobre «Libertad religiosa». Hace semanas que tiene el borrador en sus manos y está esperando la oportunidad política para darlo a conocer.
La Ley será una nueva demostración de que la política social no se hace necesariamente desde los presupuestos, sino que el B.O.E puede consignar la vertiente ideológica de un gobierno.
¿Será polémica? Por supuesto. Pero no porque la Ley incluya aspectos muy chocantes sino porque en España todo es polémico, siempre. Y si hablamos del deslizante territorio de la religión, pues mucho más. Pero conviene recordar que la separación Iglesia-Estado es un síntoma de salud democrática.
La Ley aparca el viejo paradigma de la «España clerical contra la España anticlerical» porque esa distinción no existe, es falaz. La nueva Ley, muy pedagógica, entiende que, en España, hoy, conviven personas indiferentes a la religión junto a diferentes confesiones religiosas cuya libertad hay que proteger.
Sí. La ley protegerá la elección del individuo, y le protegerá de la imposición desde el Estado o desde instituciones de todo tipo. Por ejemplo garantizará la libertad de vestir el velo en las escuelas y en los edificios públicos, salvo por razones de seguridad. También garantizará, que el alumno que desee llevar un crucifijo en el cuello, pueda hacerlo, pero no permitirá que los crucifijos, ni otros símbolos, sean quienes presidan las aulas.
La Ley, además, regulará la simbología en lugares públicos y en actos institucionales.
Las mayores reticencias llegarán, claro, de quienes aspiran a que la religión católica juegue con condiciones ventajosas en todos los frentes y esto, como sucede en otros paises, no será así. La Ley ampliará la laicidad del Estado y la neutralidad ante las confesiones religiosas, pero también mejorará la libertad religiosa, individual, de los ciudadanos.
ERA UNA REFORMA OBLIGADA
Se debe tener en cuenta que, en realidad, se trata de proporcionar un marco regulatorio para aspectos nuevos para la sociedad española. Por ejemplo: ¿cómo debe actuar un Ayuntamiento cuando muere un ciudadano musulmán en su pueblo? Alguién debería explicar, de forma sencilla, cómo debe oficiarse esa ceremonia, y qué espacio del cementerio debe habilitarse, si procede.
O por ejemplo, algo más cercano a la Ley: ¿quién preside un Funeral de Estado? ¿se invita a las confesiones religiosas a asistir? Puede que la Ley no entre en detalles tan concretos pero su aprobación dará lugar a la normativa correspondiente que sí que lo hará.
Es sorprendente descubrir cómo, hasta ahora, los Funerales de Estado -en situaciones como el accidente de Spanair-, han sido convocados por las Diócesis. La religión católica se ha apropiado en España del espacio de «duelo» sin preguntar a qué confesiones pertenecen los fallecidos y sus familias.
El Estado tiene que garantizar esa neutralidad, especialmente porque nuestro mundo cada vez es más plural, más pequeño.
De la misma forma alguien tenía también que regular los actos institucionales. Hasta ahora, paradójicamente, no había ninguna normativa que lo hiciera: ¿se jura ante un crucifijo? ¿sobre una Biblia? ¿por qué?
Un debate muy interesante surgirá respecto a qué asociaciones reciben dinero del Estado ¿Debe recibir dinero una asociación que persigue el proselitismo religioso -conocido eufemísticamente como dar a conocer valores religiosos-? ¿No debe entonces recibir dinero también aquella asociación que persiga dar a conocer las bondades del laicismo?
Por eso, la llegada de la nueva Ley debe ser saludada. Eso sí, nos espera un periodo cansino, de demagogia y de protestas, en el que seguramente asistiremos a funerales duplicados, a objeciones públicas, a presión en las televisiones regionales, etc. Es a lo que nos tiene acostumbrados este país, tan tendente a confundir libertad con imposición.