Aunque se contempla como una medida de excepción, el nuevo Reglamento Europeo de Servicios Digitales introduce un artículo que describe un «protocolo de crisis» con el que la Comisión Europea puede exigir a uno o varios grandes proveedores de servicios de internet en casos de crisis grave que apliquen inmediatamente medidas «específicas, efectivas y proporcionadas» para prevenir, eliminar o limitar cualquier contribución a «amenazas graves». Lo que en la práctica supone facultar para censurar contenidos.

El Reglamento Europeo de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés) acaba de finalizar, según desvela Publico.es en un artículo de Pablo Romero, su tramitación con una ‘sorpresa': la introducción de un artículo (27 a) que afecta y permite limitar directamente al derecho a la libertad de expresión sin que sea necesario ningún control judicial. Y la norma será de aplicación en todo el territorio comunitario en cuanto entre en vigor.

En concreto, la DSA describe un «protocolo de crisis» con el que la Comisión Europea puede exigir a uno o varios grandes proveedores de servicios de internet en casos de crisis grave que apliquen inmediatamente medidas «específicas, efectivas y proporcionadas» para prevenir, eliminar o limitar cualquier contribución -es decir contenidos- a «amenazas graves».

La resolución ha sido introducida a raíz de la invasión de Ucrania por Rusia y la «manipulación de la información online», según afirma abiertamente la propia Comisión en su nota informativa. Y la idea es establecer un sistema de bloqueo de información rápido —de «moderación»— en casos «excepcionales» o como respuesta a una crisis.

Para que el Ejecutivo comunitario pueda adoptar estas medidas tiene que darse una crisis grave con «circunstancias extraordinarias que dan lugar a una amenaza grave para la seguridad o la salud pública en la Unión o en partes significativas de ella»: casos como «conflictos armados o actos de terrorismo, conflictos emergentes, desastres naturales como terremotos y huracanes, así como pandemias y otras amenazas transfronterizas graves para la salud pública».

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